ACUERDO PLENARIO

El Pleno del Ayuntamiento (o Diputación, Mancomunidad, Empresa Pública, u Organismo Autónomo) de …....................................., por medio de la presente resolución, manifiesta su interés por incorporar criterios sociales en los Pliegos de Cláusulas que rigen la contratación administrativa, en base a los siguientes:

CONSIDERANDOS

1.) Tanto la normativa española como la comunitaria de contratos públicos (Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público; así como la Directiva 2004/18/CE de 31 de marzo de 2004 del Parlamento Europeo y el Consejo, sobre procedimientos de adjudicación de contratos públicos de obras, suministros y servicios), se refieren expresa y literalmente a la inclusión de objetivos sociales en diferentes fases del procedimiento de adjudicación y ejecución de los contratos públicos.
2.) La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 21º faculta la aprobación de Instrucciones o Circulares, de forma que los órganos administrativos puedan establecer criterios de aplicación o normas, como en este caso respecto a la Ley de Contratos del Sector Público.
3.) El empleo constituye uno de los principales mecanismos de inclusión social, y corresponde a los poderes públicos el deber constitucional de promover las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta personal más equitativa, así como de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. En consecuencia y tomando en cuenta dichos fundamentos, se adopta el siguiente

ACUERDO

1.) Utilizar la contratación pública como un eficaz instrumento de lucha contra la exclusión social, incorporando criterios relativos a la inserción sociolaboral de personas desfavorecidas del mercado laboral en la adjudicación y ejecución de los contratos públicos.
2.) Comunicar a los órganos de contratación que en la redacción de los Pliegos de Cláusulas que se elaboren para la adjudicación de contratos de obras, servicios y suministros, deberán incorporar criterios sociales, tales como:
• Reserva de Contratos para Empresas de Inserción, conforme a la Disposición Adicional Séptima de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
• Criterios de Adjudicación, conforme al artículo 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, incluyendo en el baremo la puntuación para los licitadores que se comprometan a emplear para la ejecución del contrato a personas en situación o riesgo de exclusión social, o bien a subcontratar un porcentaje del presupuesto de licitación con Empresas de Inserción.
• Condiciones de Ejecución, conforme al artículo 102 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, exigiendo a los licitadores a que empleen para la ejecución del contrato a un número determinado de personas en situación o riesgo de exclusión social, o bien requiriendo que se subcontrate un porcentaje del presupuesto de licitación con Empresas de Inserción.